Estatutos

CAPÍTULO 1: DENOMINACIÓN, FINALIDAD, DURACIÓN Y RESIDENCIA SOCIAL

ARTÍCULO 1. NOMBRE

El objetivo de la asociación sin ánimo de lucro «Cooperación para la movilidad y la energía sostenibles», de conformidad con el artículo 60 y siguientes del Código Civil suizo, es apoyar proyectos centrados en la movilidad y la energía sostenibles

ARTÍCULO 2. TEMA

El objetivo de esta asociación es apoyar la realización de proyectos en países emergentes que reduzcan el impacto climático en el ámbito del transporte y la energía sostenible con las autoridades locales o en colaboración con otras organizaciones de cooperación

ARTÍCULO 3. DURACIÓN Y AÑO NATURAL DE REFERENCIA

La duración de la asociación es ilimitada. La asociación comenzó su existencia legal el 25 de marzo de 2022. El año natural de referencia comienza el1 de enero y termina el 31 de diciembre

ARTÍCULO 4. RESIDENCIA SOCIAL

La asociación está domiciliada en Suiza, en el cantón de Valais, en promenade du clos 7, 3960 sierre

Cualquier cambio en el nombre de la asociación, en su domicilio o en sus objetivos y estatuto debe ser decidido por la Asamblea General.

CAPÍTULO 2: ÓRGANOS DE LA ASOCIACIÓN

ARTÍCULO 5. Los órganos de la asociación son los siguientes

  • La Asamblea General
  • El comité de la asociación
  • El organismo de control financiero

DE LA ASAMBLEA GENERAL

ARTÍCULO 6. Es el órgano supremo de la asociación y tiene el poder legal de

La Asamblea General Ordinaria se convocará al menos una vez al año para :

  • Adoptar y modificar los estatutos de la asociación
  • Elegir y destituir a los miembros del comité de la Asociación
  • Aprobar los informes anuales
  • Confirmar o rechazar la admisión o exclusión de miembros
  • Decidir sobre la introducción de una cuota anual de afiliación
  • Para disolver la asociación

Pueden decidirse reuniones extraordinarias si la situación lo requiere

ARTÍCULO 7. Las convocatorias de la Asamblea General deben enviarse a los miembros de la asociación al menos 30 días antes de su celebración. Los temas a debatir y las decisiones a tomar se comunicarán

ARTÍCULO 8. Todos los miembros, incluidos los que no tienen derecho a voto, podrán asistir a las «Asambleas Generales».

ARTÍCULO 9. La Asamblea General sólo puede tomar decisiones si está presente al menos la mitad de los miembros de la asociación. Las decisiones se tomarán por mayoría simple de los miembros presentes

Los debates y las votaciones se limitarán a los puntos enumerados en la convocatoria

El presidente dirige las deliberaciones, concede el derecho a la palabra y determina la duración de las sucesivas intervenciones.

Todos los demás aspectos, como el control de asistencia y los derechos de voto e información de los socios, se ajustarán a lo establecido en la ley.

ARTÍCULO 10. Las reuniones de la Asamblea General se registrarán en un protocolo específico que el Presidente someterá a la aprobación de los miembros.

DEL COMITÉ DE LA ASOCIACIÓN

ARTÍCULO 11. La asociación es administrada por el comité de la asociación como órgano ejecutivo, que es elegido por la asamblea general. El comité incluye las siguientes funciones

  1. El Presidente
  2. El Vicepresidente
  3. El Tesorero
  4. Dos controladores financieros

ARTÍCULO 12. El comité de la asociación será responsable de la administración y gestión de la asociación y de la ejecución de las decisiones adoptadas por la asamblea general.

ARTÍCULO 13. Los miembros del comité de la asociación son nombrados por la asamblea general por un periodo de 3 años

Todos los miembros de la asociación ejercerán su mandato gratuitamente y tendrán voz deliberativa y derecho a voto. Participarán legalmente en las reuniones siempre que esté presente la mayoría de los miembros.

ARTÍCULO 14. La comisión tiene las siguientes competencias

  1. Proponer a la Asamblea General estrategias de actuación acordes con los objetivos de la asociación
  2. Representa a la asociación ante organismos externos
  3. Diseñar la política de comunicación de la asociación
  4. Convocatoria y preparación de la Asamblea General
  5. Presentar el informe anual, las cuentas anuales y el presupuesto a la Asamblea General
  6. Notificar la admisión o exclusión de miembros
  7. En caso necesario, hacerse cargo de la liquidación de la asociación

DEL ORGANISMO DE CONTROL FINANCIERO

ARTÍCULO 15. La Asamblea General elige a dos miembros y dos suplentes que se encargan del control financiero de la asociación. Realizarán la auditoría anual de las cuentas y la presentarán a la Asamblea General.

CAPÍTULO 3: MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN, ADMISIÓN, RENUNCIA O EXCLUSIÓN

ARTÍCULO 16. MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN

Cualquier persona física o jurídica que persiga los mismos objetivos que la asociación puede convertirse en miembro de «Cooperación para la Movilidad y la Energía Sostenibles».

ARTÍCULO 17. ADMISIÓN

La afiliación se obtiene mediante una solicitud escrita dirigida al Presidente del Comité y presentada a la Asamblea General.

La Asamblea General podrá decidir la introducción de una cuota anual a cargo de los socios

ARTÍCULO 18. RESIGNACIÓN

Cualquier miembro tiene derecho a solicitar su baja de la asociación. Se dirigirá una solicitud en este sentido al presidente de la asociación

ARTÍCULO 19. EXCLUSIÓN

Cualquier miembro puede ser excluido por la Asamblea General y por una mayoría de dos tercios de los miembros activos presentes.

ARTÍCULO 20. Los miembros que renuncian no tienen ninguna prerrogativa sobre el patrimonio de la asociación.

CAPÍTULO 4. FINANCIACIÓN, CONTRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES

ARTÍCULO 21. FINANCIACIÓN

Los recursos de la asociación provienen de :

Contribuciones financieras de entidades que apoyan proyectos ejecutados o por ejecutar en el marco de la asociación

  • Las cuotas de los socios, en la medida en que la Asamblea General decida utilizar este método de financiación
  • Donaciones u otras fuentes de ingresos

ARTÍCULO 22. CONTRIBUCIONES

La Asamblea General puede decidir cobrar una cuota a los miembros de la Asociación para cubrir los gastos de funcionamiento de la misma.

ARTÍCULO 23. RESPONSABILIDADES

La responsabilidad financiera de la asociación se limita estrictamente a su capital. Los recursos personales de los miembros no pueden en ningún caso cubrir las obligaciones financieras de la asociación.

CAPÍTULO 5. MODIFICACIONES DE LOS ESTATUTOS

ARTÍCULO 24. Los estatutos de la asociación pueden ser modificados, en la medida en que lo requieran los cambios relacionados con los objetivos de la asociación.

Cualquier modificación de los Estatutos será propuesta por el Comité y se presentará a la Asamblea General para su votación. Se requiere una mayoría de más de la mitad de los miembros presentes para ratificarlo.

CAPÍTULO 6. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA ASOCIACIÓN

ARTÍCULO 25. DISOLUCIÓN

La disolución puede ser pronunciada en cualquier momento mediante la aprobación en la Asamblea General y en cumplimiento de los requisitos legales.

La disolución puede ser propuesta por el Comité de la Asociación en la Asamblea General. En caso de discrepancia sobre este asunto en la junta general, se aplicarán los artículos pertinentes de la ley.

la disolución de la asociación se pronuncia y se reconoce como válida si al menos dos tercios de los miembros la aprueban

La disolución de la asociación conllevará la pérdida de la condición de miembro.

ARTÍCULO 26. LIQUIDACIÓN

Una vez concedida la disolución de la asociación, se propondrá su liquidación de acuerdo con las disposiciones legales haciendo que la Asamblea General designe un liquidador que actuará de acuerdo con la ley según los artículos 60 y siguientes del Código Civil suizo.

El liquidador debe ser miembro del comité de la asociación y presentará a la asamblea un informe de liquidación y el estado final del patrimonio.

El resto del patrimonio neto se destinará a una organización de cooperación al desarrollo en países emergentes

ESCRITURA DE FUNDACIÓN

Fundación oficial de la asociación en Lausana el 25 de marzo de 2022:

Las siguientes personas declaran ser miembros de la asociación y han leído los estatutos. Declaran su voluntad de velar por su buen funcionamiento de acuerdo con los presentes estatutos y los objetivos de la asociación «Cooperación para la Movilidad y la Energía Sostenibles».

Estado del COMED en PDF

Puede descargar el estado del COMED en formato PDF a continuación: